Módulos IRPF para el ejercicio fiscal 2026 — Orden HAC/1425/2025
| Módulo | Definición | Unidad | Rendimiento/unidad |
|---|---|---|---|
| 1 | Personal asalariado | Persona | 6248,22 € |
| 2 | Personal no asalariado | Persona | 14.530,89 € |
| 3 | Superficie del local | Metro cuadrado | 49,13 € |
| 4 | Superficie del horno | 100 Decímetros cuadrados | 629,86 € |
Comprende la fabricación de pan de todas clases, incluido el de molde, tostado etc., y de bollería. Faculta para la venta al por mayor y al por menor. Información de consultas a la Dirección General de Tributos: Fabricación de masas ultracongeladas para fabricación ajena de pan, pizzas, bollería, empanadas y hojaldres. Cocción de pan mediante horno para ser vendido en el mismo establecimiento. Reparto de pan con vehículo propio.
Los autónomos y profesionales que ejerzan la actividad de industrias del pan y de la bollería pueden tributar por el método de estimación objetiva (módulos) en el IRPF, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Orden HAC/1425/2025.
La magnitud excluyente específica para esta actividad es de 6 personas empleadas. Superar este límite obliga a tributar por estimación directa.
Además, no se deben superar los límites generales: 450.000 € de ingresos brutos anuales ni 300.000 € en compras de bienes y servicios (excluidas adquisiciones de inmovilizado).
6 personas
Máximo para poder tributar por módulos
41.602,30 €
Factor 1,30 aplicado solo al exceso
Ejemplo orientativo para Industrias del pan y de la bollería con datos típicos:
A este importe se le aplican las reducciones por empleo, inversión, índices correctores y la reducción del 5% de 2026.
Un asesor fiscal puede ayudarte a decidir entre módulos y estimación directa, y gestionar tus declaraciones trimestrales del modelo 131.
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