Módulos IRPF para el ejercicio fiscal 2026 — Orden HAC/1425/2025
| Módulo | Definición | Unidad | Rendimiento/unidad |
|---|---|---|---|
| 1 | Personal asalariado | Persona | 3709,88 € |
| 2 | Personal no asalariado | Persona | 15.116,66 € |
| 3 | Consumo de energía eléctrica | 100 kWh | 51,02 € |
| 4 | Superficie del local | Metro cuadrado | 21,41 € |
Comprende el comercio al por menor de artículos de ferretería, trefilería, cerrajería, herrajes, metalistería, tornillería, jardinería, grifería, sanitario, cuchillería y sus similares cortantes, herramientas de todas clases, sean o no eléctricas, así como sus accesorios y recambios, maquinaria electroportátil, instrumentos de metal, artículos para unir, pegar y soldar, material de protección personal, material eléctrico y fontanería, pintura, artículos y vestuario profesional para la protección personal, artículos de seguridad, lubricantes, aceites uso industrial y engrasadoras, cubertería, artículos de mesa y cocina, siempre que en su fabricación no se empleen materiales preciosos, aparatos de uso doméstico sean o no eléctricos, llaves en bruto y mecanizadas, estanterías, bancos de trabajo y armarios metálicos, pequeña maquinaria a pie de obra, tableros, listones y otros artículos de madera para el mantenimiento y mejora del hogar, materiales envasados para las reparaciones de albañilería, utensilios de plástico y materiales para la practica del bricolaje. Faculta para el duplicado de llaves, así como para la venta de cordelería, efectos navales y gas. Preguntas frecuentes (INFORMA AEAT): Venta de barriles de madera. Cajas fuerte. Venta de sosa caustica. Venta de alarmas. Productos reclamo: camisetas, mecheros, llaveros con publicidad, mecheros con publicidad. Venta teteras no eléctricas Información de consultas a la Dirección General de Tributos: Venta de artículos con publicidad. Grabación y venta al por menor de pequeñas placas metálicas para colocar en buzones y timbres. Elementos destinados a la confección de bisutería por internet. Venta al por menor de baterías de cocina, cuberterías, vajillas, cristalerías, cuchillos. Objetos nuevos de adorno personal o doméstico de cristal, porcelana, loza, marfil, concha, metales, piedras que no sean preciosas, maderas, piel, mármoles, damasquinado. Reclamos o artículos publicitarios, mecheros, bolígrafos, calendarios, agendas, llaveros, relojes, camisetas con los logotipos o anagramas de los clientes, etc. Venta repuestos de maquinaria de corte y soldadura; máquinas de corte y soldadura tales como equipos MIG, plasma y tronzadoras, así como los bienes consumibles de las citadas máquinas electrodos, discos, hilo y maquinaria eléctrica: taladros y radiales. Venta por teléfono de menaje del hogar. Pequeños artículos previamente grabados. Artículos de loza, cristal, flores artificiales. Artículos de adorno o regalo que no están confeccionados con cristal, bronce y otros metales. Comercialización de sistemas de seguridad. Comercialización de fregaderos y grifería en general. Piezas de plástico para seguridad infantil en puertas y ventanas. Comercialización y distribución de regalos de empresa suministrados a sus clientes. Venta a las empresas de los artículos serigrafiados. Venta de objetos de uso religioso(cálices, copones, custodias, medallas, candelabros, etc.) no integrados en todo o en parte por metales preciosos o piedras preciosas. Venta de adornos navideños. Venta de hornos microondas de pequeño tamaño. Copia de llaves fijas para todo tipo de puertas y comercialización de mandos electrónicos a distancia para puertas de garaje. Comercializar pequeñas cafeteras domésticas. Venta de productos de regalo. Enmarcado por encargo de clientes sin fabricación. Venta a empresas industriales de equipos electrónicos de control de producción. Venta de cristales. Utensilios de repostería. Venta de artículos de jardinería. Aparatos de uso doméstico para depuración de agua potable.
Los autónomos y profesionales que ejerzan la actividad de comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo, o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos) pueden tributar por el método de estimación objetiva (módulos) en el IRPF, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Orden HAC/1425/2025.
La magnitud excluyente específica para esta actividad es de 4 personas empleadas. Superar este límite obliga a tributar por estimación directa.
Además, no se deben superar los límites generales: 450.000 € de ingresos brutos anuales ni 300.000 € en compras de bienes y servicios (excluidas adquisiciones de inmovilizado).
4 personas
Máximo para poder tributar por módulos
24.470,09 €
Factor 1,30 aplicado solo al exceso
Ejemplo orientativo para Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo, o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos) con datos típicos:
A este importe se le aplican las reducciones por empleo, inversión, índices correctores y la reducción del 5% de 2026.
Un asesor fiscal puede ayudarte a decidir entre módulos y estimación directa, y gestionar tus declaraciones trimestrales del modelo 131.
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